
Los padres no pueden ser padrinos de confirmación
En los últimos meses la Delegación Diocesana de Catequesis había recibido consultas acerca de si los padres podrían ser padrinos de confirmación de sus hijos/as. Tras las debidas consultas a la Conferencia Episcopal Española, y a la vista de lo expresado en el Código de Derecho Canónico de 1983, el Obispo de Jaén Don Ramón del Hoyo López ha publicado un decreto de obligado cumplimiento en el que deja claro que las «Condiciones para ser padrino del Sacramento de la CONFIRMACIÓN» son «las mismas que se expresan para el sacramento del Bautismo, por tanto, no puede ser el padre o la madre, o ambos».
Aquí os dejamos el DECRETO sobre padrinos de bautismo y padrinos de confirmación:
https://drive.google.com/open?id=1HNfVBqOi591FCZ5YwBurZqUYh25yDwW4